Esta ley estableció la enseñanza obligatoria hasta los 14 años con la EGB, Educación General básica, estructurada en dos etapas. Tras esta primera fase de ocho cursos el alumno accedía al BUP, Bachillerato Unificado Polivalente, o a la entonces creada FP, Formación Profesional Con esta ley se reformó el sistema educativo desde la primaria hasta la universidad, adaptándolo a las necesidades de escolarización.
Una vez finalizada la enseñanza básica existían dos caminos y estos eran la formación profesional y el bachillerato unificado polivalente.
Ya en el Curso de Orientación Universitaria (C.O.U.) el alumno podía elegir entre dos ramas de ciencias (opción Biosanitaria y Técnica) y dos de letras (Ciencias Sociales y Humanidades).
En todos los cursos, tanto en EGB como en BUP, en las Comunidades Autónomas con más de una lengua oficial se estudiaba, como asignatura obligatoria, la lengua vernácula (y, en otra asignatura aparte a escoger entre las de letras de tercero de BUP, la literatura en dicha lengua).
Este sistema educativo fue derogado y sustituido progresivamente por el de la LOGSE de 1990. Los seis primeros cursos de EGB corresponden a la Educación Primaria Obligatoria y los dos últimos de la EGB y los dos primeros de BUP corresponden a la Educación Secundaria Obligatoria. La principal diferencia es que con el actual sistema los alumnos pasan al Instituto de Educación Secundaria el año en que cumplen 12 años, con dos menos que en el anterior sistema.
LEY ORGÁNICA GENERAL DEL SISTEMA EDUCATIVO (LOGSE).
La Ley Orgánica General del Sistema Educativo (LOGSE), del 3 de octubre de 1990, fue una ley educativa española, promulgada por el gobierno socialista y sustituyó a la Ley General de Educación de 1970. Ha sido derogada por la Ley Orgánica de Educación (LOE), en el año 2006.
El retraso de España respecto a Europa en diversos aspectos hizo que tradicionalmente la educación pública en el país no se encontrara tan avanzada como en otros países de su entorno.
La primera intención de modernizar los sistemas educativos españoles apareció con la Ley Moyano de 1857[] que entre sus intenciones tenía las de delimitar la fuerte influencia de la Iglesia española en la educación e implantar una metodología más científica en la segunda enseñanza. Los presupuestos de esta ley se mantuvieron durante casi un siglo pero los avances profundos fueron lentos o inexistentes debido a la inestabilidad política en las décadas siguientes (la Dictadura de Primo de Rivera, el breve periodo de la Segunda República Española y la larga Dictadura de Franco sobre todo).
A mediados del siglo XX, surgió una nueva conciencia de acercarse a postulados más europeos, concluyendo todo ello con la decisión de hacer una reforma más profunda dentro del sistema educativo en los años 1970. Es cuando se promulgó la Ley General de Educación que generalizó la educación obligatoria desde los seis años de edad hasta los catorce y que buscó una separación del Estado en cuanto a que la enseñanza no fuese subsidiaria de éste. Otro aspecto importante fue el intento de construir una Formación Profesional más adecuada a las demandas reales del mercado laboral.
Entre finales de los años 1970 y los años 1990 se produjo una nueva etapa de reforma, ya que España se había convertido en un país democrático y el sistema educativo imperante debía cambiar.
Los rasgos característicos de esta ley educativa son los siguientes:
1. Todos tienen derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2. La educación tiene por finalidad el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.
3. Los poderes públicos deben garantizar el derecho de los padres para que sus hijos reciban formación religiosa y moral de acuerdo con sus propias convicciones.
4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
5. Un principio fundamental de la actividad educativa, es precisamente, el de la autonomía pedagógica de los centros educativos.
6. Los poderes públicos deben garantizar el derecho de todos a la educación.
7. Los profesores, padres y en su caso, alumnos, intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los término que la Ley establezca.
8. Los poderes públicos inspeccionarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes.
9. Los poderes públicos ayudarán a los centros docentes.
10. Se reconoce la autonomía de las universidades en los términos que la Ley establezca.
La LOGSE supuso la puesta en marcha de un sistema educativo basado en los principios constitucionales e inició una gestión democrática de los centros.La ley fue la primera que estableció un sistema descentralizado de enseñanza en España al permitir que las comunidades autónomas no sólo gestionasen los centros educativos, sino que pudieran redactar un porcentaje muy importante de los contenidos curriculares.
Se era consciente de la necesaria incorporación de postulados europeos y la necesidad de asumir un modelo más acorde a los nuevos cambios tecnológicos surgidos en educación. Así, se optó por potenciar un sistema de enseñanza constructivista con lo que se denominaba un modelo de currículo abierto y flexible con diferentes niveles de concreción (Leyes estatales o autonómicas, centro, aula o incluso alumno en particular).
Otros aspectos importantes fueron la importancia que se les dio a los Consejos Escolares de los centros adquiriendo éstos capacidad para elegir a los directores. También introdujo la promoción automática en determinadas circunstancias, reguló la Educación Especial para alumnado con Necesidades educativas especiales,[] la Educación de adultos, desarrolló la calidad de la enseñanza estableciendo una Formación permanente del profesorado, se definió la función de inspección y la acción tutorial/orientación y se fomentó la compensación de desigualdades en la educación en los centros de especial dificultad por su entorno sociocultural.
LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN (LOE).
La LOE fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 4 de mayo de 2006. Su nombre oficial es: "Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación".
Esta tiene como objetivo adecuar la regulación legal de la educación no universitaria a la realidad actual en España (educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, de idiomas, artísticas, deportivas y de adultos) bajo los principios de calidad de la educación para todo el alumnado, la equidad que garantice la igualdad de oportunidades, la transmisión y efectividad de valores que favorezcan la libertad, responsabilidad, tolerancia, igualdad, respeto y la justicia, etc.
LEY DE EDUCACIÓN DE ANDALUCÍA (LEA).
La Ley de Educación de Andalucía (LEA) fue aprobada por el Parlamento andaluz el pasado 21 de noviembre de 2007.
Andalucía ha sido la primera comunidad autónoma en preparar una ley propia de educación y, a fecha de hoy, ya hay otras regiones que han seguido esta iniciativa.
La nueva norma permitirá a Andalucía, en el marco de las competencias que le otorga la Ley Orgánica de Educación (LOE), establecer sus propios objetivos educativos y las medidas para alcanzarlos.
Las razones para crear esta normativa son la mejora del sistema educativo andaluz y la dotación de los medios necesarios para alcanzar los objetivos marcados por la Unión Europea, no sólo para España sino para todos los países.
Entre los principales propósitos marcados por la LEA se encuentra el de favorecer el éxito escolar del alumnado ampliando los horarios lectivos semanales de las materias de Lengua, Matemáticas e Idioma extranjero, además de abogar por incrementar las tasas de escolarización en las enseñanzas postobligatorias (Bachillerato y Formación Profesional). Asimismo, se implantarán nuevos programas de refuerzo y apoyo lectivo en horario de tarde para los alumnos que no alcancen los objetivos académicos previstos, se pondrán en marcha Planes de Diversificación Curricular a partir de 3º de ESO y Programas de Cualificación Profesional Inicial para facilitar el acceso al Graduado en Secundaria, titulación básica del sistema educativo.
La LEA se dirige a reforzar y ampliar la autonomía pedagógica y organizativa de los centros.
DIFERENCIAS ENTRE LA LEY EDUCATIVA DE LOS AÑOS 70 Y OTRAS LEYES EDUCATIVAS.
Todo lo anterior pone de manifiesto que la principal diferencia entre esta Ley y el actual sistema es que los alumnos pasan al Instituto de Educación Secundaria el año en que cumplen 12 años, con dos menos que en el anterior sistema.
Otra diferencia a destacar es que la Ley educativa de los años 70 acoge el principio de la educación permanente mientras que en la LOGSE se habla de educación de personas adultas. La sociedad española evolucionó tanto que se pasó de una ley dictatorial a una ley democrática. La gran diferencia que existe por tanto ente estas dos leyes, es que la LOGSE tiene en cuenta a las personas adultas y su educación.
DIFERENCIAS ENTRE LA LOGSE Y LA LOE.
Antes de todo, es necesario decir que no hay grandes modificaciones entre estas dos leyes educativas, pues ambas tienen los mismos objetivos; sin embargo la Ley Orgánica de Educación (LOE) incorpora algunos cambios y estos son:
- A los 16 años se considera que una persona ya es adulta. Además de las personas adultas, excepcionalmente, podrán cursar estas enseñanzas los mayores de dieciséis años que lo soliciten y que tengan un contrato laboral que no le permita acudir a los centros educativos.
- Las personas adultas pueden realizar sus aprendizajes tanto por medio de actividades de enseñanza reglada o no reglada (art 66).
- Incorpora el aprendizaje de nuevos idiomas. Aprendizaje de la lengua castellana, y otras lenguas cooficiales, así como elementos básicos de la cultura para facilitar la integración de las personas inmigrantes. (art. 67)
- Fomenta el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. (art. 69)
- La LOE reconoce el derecho de reunión de los alumnos, así como no asistir a clase cuando esa decisión sea consecuencia de una reunión previa y así lo comuniquen a la dirección del centro.
- El área de religión católica desaparece de la educación primaria a diferencia de la regulación anterior menos en los colegios católicos.
La otra novedad y a su vez polémica que genera esta ley educativa en sí es la nueva asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos. Según el texto legal, será una materia obligatoria y evaluable en la educación básica y el bachillerato. En el cuerpo legal de la LOE se pueden leer numerosas referencias con respecto a la “Educación para la Ciudadanía”; de modo que cuando se enumeran los objetivos para primaria, secundaria y bachillerato, se hace referencia siempre en primer lugar, a los relacionados con esta nueva asignatura.
DIFERENCIAS ENTRE LA LOE Y LA LEA.
La Ley de Educación Andaluza y la Ley Orgánica de Educación son muy similares, pues la primera se ha creado atendiendo al marco de las competencias que otorga la LOE, y establece sus mismos objetivos educativos.
Las diferencias más significativas que hemos encontrado al leer varios fragmentos de las distintas leyes han sido:
Mientras que la LOE se aprueba el 4 de mayo de 2006 (Boletín Oficial del Estado), la LEA, como dijimos anteriormente fue aprobada por el Parlamento andaluz el pasado 21 de noviembre de 2007.
En la LEA se han incorporado las enseñanzas semipresenciales para personas adultas. Las enseñanzas para personas adultas se podrán impartir en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia. (art 110). Importante la incorporación de la enseñanza semipresencial y a distancia.
· Las redes de aprendizaje permanente son muy tenidas en cuenta en la LEA, mientras que en la LOE no.
Las redes de aprendizaje permanente estarán integradas por los centros de educación permanente, los institutos de educación secundaria, los institutos provinciales de educación permanente, y en su caso, los centros integrados de formación profesional.
La Administración educativa determinará el número de centros que integra cada red.
Los demás aspectos que trata la LEA son similares a los de la LOE, como por ejemplo:
· Ambas tratan los principios generales de la educación permanente de personas adultas: la educación permanente de personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar o ampliar sus conocimientos y aptitudes. Oferta de enseñanza flexible.
· La oferta de enseñanza para personas adultas también es la misma: titulación básica de bachillerato y formación profesional inicial, módulos profesionales y escuelas de idioma para personas mayores.
· Tanto en la LOE como en la LEA, dentro de los planes educativos, se da importancia a la formación en la Tecnologías de la información y la comunicación, en lenguas extranjeras y para el fomento de la cultura emprendedora y del espíritu empresarial.
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